Si ha adquirido algún décimo para el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, no olvide que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%. A estos efectos, los perceptores de estos premios, en el momento del cobro, soportan una retención o ingreso a cuenta por dicho porcentaje que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
No obstante, recuerde que en 2019 dicha tributación sólo afecta a los premios cuyo importe íntegro supere los 20.000 euros, los cuales tributan por la cuantía que exceda de dicho límite (hasta 20.000 euros, gozan de exención). Dicha exención se ha ido aumentando progresivamente en los últimos años, pasando de los 2.500 euros aplicables hasta el 4 de julio de 2018, a los 10.000 euros el resto del año 2018, los 20.000 en 2019 y los 40.000 euros a partir de 2020.
Tenga en cuenta que esta exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Así pues, en el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías…), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, los 20.000 euros exentos se deben repartir entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.
Así, por ejemplo, si usted y un amigo juegan a medias un décimo de Lotería de Navidad de 2019 que resulta premiado con 50.000 euros, a cada uno le corresponderá 25.000 euros, de los que 10.000 euros estarán exentos. En este caso, su tributación individual será de 3.000 euros: (25.000 – 10.000) x 20% (el neto que percibirá cada uno será, por tanto, de 22.000 euros). |